Bogotá, Julio 2026
Se acabó el juego para los vacíos legales: El MinTransporte reglamenta la Ley 2486 de 2025 en Colombia
Durante años, las calles de Colombia han sido el escenario de un crecimiento exponencial y desordenado de la micromovilidad. La ausencia de un marco regulatorio uniforme obligaba a los usuarios y a las autoridades de tránsito a navegar en un mar de interpretaciones locales disímiles. Sin embargo, el panorama normativo acaba de dar un giro radical. El Ministerio de Transporte ha estructurado el borrador de la Resolución oficial que reglamenta la Ley 2486 de 2025, adoptando un estricto enfoque internacional de «Sistema Seguro».
En Liebre Naranja hemos analizado a fondo las más de 20 páginas de este documento técnico y legal para explicarte, de forma sencilla, cómo cambia el tablero de juego para quienes se mueven en dos ruedas. La nueva regulación establece una frontera técnica definitiva entre las verdaderas soluciones de transporte limpio e individual y el régimen automotor común.
Si tienes una patineta, un moped o estás pensando en comprar uno, presta mucha atención: esto es lo que debes saber para no perder tu inversión ni terminar con el vehículo en los patios.
Tabla de contenidos
Las Nuevas Reglas de Juego de la Ley 2486: ¿Quién se queda en la Ciclorruta y quién va para los Patios?
La resolución introduce una taxonomía milimétrica basada en la potencia, velocidad, peso y configuración de los vehículos. El objetivo central es claro: proteger la ciclo-infraestructura y garantizar la vida de los actores viales más vulnerables.
El Golpe Definitivo a la Informalidad y los Vehículos Sobredimensionados
La resolución pone fin a la era de las adaptaciones caseras y las importaciones de marca blanca sin estándares de seguridad. Los dos golpes más contundentes del Ministerio van dirigidos a:
1. El fin de los «Mopeds» y falsas bicicletas eléctricas en las ciclorrutas (Categoría L1e-B)
Los populares vehículos tipo moped, las bici-motos eléctricas camufladas y aquellas bicicletas equipadas con acelerador autónomo o pedales decorativos no serán considerados Vehículos de Movilidad Personal (VMP). Para el Ministerio, estos equipos se clasifican como Ciclomotores Tipo L1e-B, lo que les prohíbe de manera tajante el tránsito por la ciclo-infraestructura. Además, en caso de exceder el límite de 40km/h y/o 60kg de peso, deberán contar con SOAT, licencia y/o matrícula.
Para poder circular por las vías vehiculares comunes, la norma exige que cumplan estrictamente con las normas técnicas internacionales UNECE. Te advertimos desde ya: la gran mayoría de estos mopeds genéricos e importados que hoy ruedan en el país no cumplen con estos estándares europeos, lo que los convierte en una inversión de alto riesgo legal.
2. Restricción severa a las patinetas de más de 1000 W o veloces (Categoría L1e-A)
Aquellas patinetas modificadas o de marcas enfocadas en el rendimiento que superen los 1000 W de potencia nominal o desarrollen velocidades superiores a los 40 km/h dejan de ser consideradas VMP para convertirse en Ciclomotores Tipo L1e-A.
Al perder esta condición, tienen prohibido circular por las ciclorrutas y entran en el régimen automotor ordinario, obligando al cumplimiento de las costosas y rigurosas normas UNECE. En caso de exceder los 60kg o superar los 40km/h, deberán contar con matrícula, licencia y SOAT.
Es el caso de las patinetas Jagger, Dualtron (Spider, City, Achilleus, Victor, Alien), MINCA (ATS 1600, ATS 2400), Vsett (C7, V10, V11), Mukuta, Segway (GT3, GT3 Pro).
El Respaldo a la Micromovilidad Certificada: Dónde Sí Debes Invertir
En contraste con las drásticas restricciones a los vehículos sobredimensionados, la Resolución promueve y protege la movilidad limpia, ágil y segura a través de tres categorías clave:
Patinetas VMP-A (Hasta 1000 W y hasta 25 km/h): Esta categoría, diseñada para el flujo seguro de las ciclorrutas, goza por mandato de la Ley 2486 de la exención total de SOAT, licencia de conducción y matrícula tradicional. Un ejemplo de cumplimiento milimétrico en esta categoría es todo el portafolio urbano de Segway Serie E, diseñado bajo estándares internacionales de seguridad.
Patinetas VMP-B (Hasta 1000 W y hasta 40 km/h): Una excelente noticia para quienes necesitan recorrer distancias urbanas mayores a mayor velocidad. Se autoriza su circulación por la ciclo-infraestructura urbana sin necesidad de licencias ni SOAT, manteniendo una potencia controlada que no pone en riesgo a los ciclistas.
Bicicletas Eléctricas de Pedaleo Asistido Genuino: La normativa es clara en blindar a las bicicletas de asistencia real (donde el motor de hasta 1000 W solo actúa si hay pedaleo efectivo y corta automáticamente a los 25 km/h). En este segmento, Segway lidera la industria tecnológica con modelos como Myon, Muxi y Xafari, diseñados bajo estándares internacionales y listos para circular como verdaderas alternativas de transporte legal y eficiente.
-
¡Oferta!

Bicimoto Eléctrica Aima Cool Man Azul
$ 4.679.990El precio original era: $ 4.679.990.$ 2.559.900El precio actual es: $ 2.559.900.Seleccionar opcionesEste producto tiene múltiples variantes. Las opciones se pueden elegir en la página de producto -
¡Oferta!

Bicimoto Eléctrica Aima Martin Negro
$ 5.895.990El precio original era: $ 5.895.990.$ 3.549.900El precio actual es: $ 3.549.900.Seleccionar opcionesEste producto tiene múltiples variantes. Las opciones se pueden elegir en la página de producto -
¡Oferta!

Bicimotos Eléctricas AIMA Happy Bean Gris
$ 3.149.900El precio original era: $ 3.149.900.$ 1.599.900El precio actual es: $ 1.599.900.Seleccionar opcionesEste producto tiene múltiples variantes. Las opciones se pueden elegir en la página de producto
Los Requisitos Técnicos Obligatorios que Exigirá la Ley en la Calle
A cambio de las exenciones de matrícula y SOAT, el Ministerio de Transporte endurece los requisitos de seguridad activa y pasiva en vía pública:
Uso obligatorio de casco certificado: Deberá portarse de forma correcta siguiendo los lineamientos de la Resolución 1080 de 2019 (con cabeza totalmente inmersa y sistema de retención asegurado).
Aditamentos obligatorios del vehículo: Todo VMP debe incorporar de fábrica o instalar: luces direccionales, iluminación frontal blanca, luz de freno trasera roja, espejos retrovisores, avisador acústico y elementos reflectivos laterales.
La Lámina de Identificación Física: A partir del 1 de enero de 2027, los fabricantes y propietarios deberán portar una placa física de aluminio de 104×30 mm, fijada mediante remaches al chasis, que contenga el número de serie, marca, modelo, peso y velocidad máxima del equipo.
Ingeniería Anti-Hackeo: Para frenar la práctica de alterar los controladores y duplicar la velocidad en vía, el Artículo 5.16.1.3 exige limitadores de velocidad no manipulables y protección contra alteraciones técnicas. Fabricantes de primer nivel como Segway ya cuentan con este blindaje criptográfico de fábrica en su firmware, a diferencia de las marcas genéricas.
Gestión de Baterías (Smart BMS): Debido a que la resolución involucra activamente a la Dirección Nacional de Bomberos para prevenir fugas térmicas, los sistemas de gestión de batería inteligente de arquitectura cerrada (Smart BMS) de Segway se posicionan a la vanguardia, monitoreando continuamente el voltaje y cortando la energía ante variaciones de riesgo.
Restricción estricta de sillines: La norma prohíbe la presencia de asientos en los VMP unipersonales, a menos que el vehículo incorpore de fábrica un sistema electrónico activo de autoequilibrado (giroscopios) que asuma al menos el 60% de la potencia destinada a la estabilidad del vehículo.
Bicimotos y Mopeds: EVOBIKE, OFERO y Mobula
En el último año, marcas de bajo precio como Evobike, Ofero y Mobula han vendido vehículos tipo moped (bici motos eléctricas) prometiendo que no necesitan papeles, a pesar que esto no es cierto.
Esta resolución cambia esto por completo. Al tener una silla tradicional sin sistemas de giroscopios, estos vehículos pierden inmediatamente su condición de VMP.
La resolución es clara y los clasifica como ciclomotores.
Las consecuencias para quienes ya tienen una son severas. En caso de exceder los 60kg y/o alcanzar una velocidad mayor a 40km/h, tendrán la obligación de portar licencia de conducción, SOAT y placa.
Preguntas Frecuentes
Pregunta: ¿Qué dice la nueva resolución del Ministerio de Transporte sobre patinetas eléctricas en 2025? Respuesta: El borrador busca establecer reglas técnicas y de circulación para los vehículos de micromovilidad. Fija topes de velocidad máxima por diseño de 25 km por hora. Impone el uso de una lámina de identificación obligatoria para el año 2029. Exige el uso de casco certificado para motocicleta.
Pregunta: ¿Necesito SOAT y pase para manejar una Evobike, Ofero o Mobula en Colombia?
No. Estos vehículos son catalogados como Ciclomotores L1-A. Serán considerados como motos pero no requerirán licencia, matrícula y/o SOAT siempre que su velocidad sera menor a 40km y SOAT.
¿Qué patinetas no necesitan SOAT ni licencia en Colombia según la nueva resolución? Las patinetas clasificadas como Vehículos de Movilidad Personal Tipo A (VMP-A) y Tipo B (VMP-B), que tengan una potencia de hasta 1000 W y no superen los 40 km/h de velocidad, están totalmente exentas de SOAT, licencia de conducción y matrícula en todo el territorio nacional.
¿Puedo usar una patineta eléctrica con sillín en Colombia? De acuerdo con el borrador de resolución de la Ley 2486, las patinetas eléctricas solo pueden equipar un asiento o sillín de fábrica si cuentan con un sistema electrónico activo de autoequilibrado por giroscopios, el cual debe asumir al menos el 60% de la potencia destinada a la estabilidad del vehículo.
¿Qué pasa con las patinetas de más de 1000W y los mopeds eléctricos? Cualquier patineta que supere los 1000 W o los 40 km/h, y los vehículos tipo moped con acelerador autónomo, son reclasificados como ciclomotores (L1e-A y L1e-B). Tienen prohibido transitar por las ciclorrutas y deben cumplir con las normas europeas UNECE, portar placa, licencia y SOAT.
En qué casos una patineta eléctrica debe tener SOAT, licencia y/o matrícula? En caso de pesar más de 60 kg y/o exceder los 40km/h de velocidad,
¿Qué es la lámina de identificación de la Ley 2486 y cuándo es obligatoria? Es una placa física de aluminio de 104×30 mm que debe ir remachada al chasis del vehículo con datos clave como número de serie, marca, modelo y velocidad máxima. Reemplaza a la matrícula tradicional para el control de las autoridades y es obligatoria para todos los VMP a más tardar el 1 de enero de 2027.
También te puede interesar:

Nueva Resolución Ley 2486 en Colombia: ¿Qué patinetas son legales?
Analizamos el borrador de resolución del Ministerio de Transporte para la Ley 2486 de 2025. ¿Qué patinetas y bicicletas eléctricas quedan prohibidas?

Segway y CKT GLOBAL en Colombia: El hito de los 80.000 vehículos según Portafolio
Desde patinetas eléctricas con inteligencia artificial, Segway está demostrando una vez más por qué es líder en tecnología de transporte inteligente y estilo de vida.

¿Adiós a tu patineta eléctria o bici moto eléctrica? El absurdo borrador del Gobierno que vuelve ilegal tu vehículo.
El Ministerio de Transporte publicó un borrador que reglamenta la Ley 2486 de 2025. Conoce el impacto en patinetas eléctricas Minca y bicimotos Ofero o Evobike.

